Los códigos referidos al ordenamiento urbano son instrumentos de ejecución de los planes territoriales. En el caso de la Ciudad de Buenos Aires, estos recursos normativos se encuentran desactualizados y ya no responden a las demandas y expectativas que, además, evolucionan y cambian con los tiempos. Por lo tanto, periódicamente se producen desfases, que se expresan tanto en la morfología de la propia ciudad como en su calidad de vida, y resultan obsoletos en cuanto a la sustentabilidad ambiental que las nuevas realidades urbanas requieren.
El artículo 29 de la Constitución de la Ciudad traza los lineamientos para hacer de Buenos Aires una Ciudad sustentable, planificada, global, competitiva, equilibrada y accesible. El Plan Urbano Ambiental, que data de 2008, promueve una ciudad más integrada, policéntrica, saludable, plural y diversa.
El marco normativo aún vigente, a pesar de haber experimentado sucesivas actualizaciones, conserva el antiguo sustento ideológico, que no contempla cabalmente estas nuevas premisas.